Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante MARIA TERESA PICCARRETA, titular de la cédula de identidad Nº 7.772.050, asistida por su apoderado judicial; abogado en ejercicio WOLFGANG LÓPEZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.760 y por la parte demandada VÍCTOR MANUEL GUILLEN GODOY, titular de la cédula de identidad Nº V-13.162.505, asistido por la abogada en ejercicio MIRIAN PARDO CAMARGO, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.336, y .....