DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición presentada por la profesional del derecho JUDITH ESPERANZA ROJAS, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, para conocer de la causa signada con el N° VP11-P-2008-007950, seguida en contra del imputado NEGLIN JOHAN BALLESTERO CASTELLANOS, por la presunta comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana ESTHER RAMÍREZ HERNÁNDEZ, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86.7, 87 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelacione.....