De conformidad con la Norma antes citada, en concordancia con el Artículo 269 iusdem, y sosteniendo la decisión del Máximo TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, en sala de Casación Civil de Fecha Seis (06) de Julio del 2.004, con ponencia del Magistrado CARLOS OBERTO VÉLEZ, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Perimida la Instancia en la presente causa de DIVORCIO seguido por BEATRIZ AURORA FRANCISCA CAPECCHI DE AUMAITRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.944.921, asistida por la abogada MIREYA DEL VALLE GUEVARA CORVO contra ciudadano JOSÈ RAMÒN AUMAITRE SOTO, identificados en el encabezamiento de esta decisión por haber transcurrido el lapso legal previsto en los referidos Artículos, sin que la parte actora haya suministrado los medios y recursos necesarios al alguaci.....