1) CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por la demandada ZULIA TOWING AND BARGE COMPANY C.A. contra el auto de fecha 25 de febrero de 2002, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio seguido por el ciudadano TOMÁS ENRIQUE AULAR en contra de la nombra empresa. 2) SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio para el Régimen procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, sustituto del antes nombrado Juzgado oficiar a la empresa CHEVRON GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY en el sentido solicitado por la parte demandada en su diligencia de fecha 13 de febrero de 2002. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del presente fallo.