Se dictó sentencia Interlocutoria con fuerza de definitiva, que declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO con relación al ciudadano Juan Ernesto Davila, quien no campareció al inicio de la audiencia preliminar,por lo que se aplica la consecuencia juridica prevista en el artículo 1310 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, continuándose el proceso con relación al ciudadano PEDRO ELIAS MENDOZA SANABRIA.