- III -
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE TRINIDAD GONZALEZ DELGADO, quien falleciera ab instestato el día 27 de enero de 2015, a las ciudadanas MILAGROS COROMOTO GONZALEZ CHACIN Y NILA DE LA ASENCION CHACIN DE GONZALEZ, titulares de la cédula de identidad Nro. V.- 7.976.877 y V.- 4.161.160 respectivamente, en la condición de hija y esposa del fallecido. El Tribunal deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la postulante.
Publíquese y regístrese.
Déjese en el archivo del Tribunal, copia certificada de la presente decisión, de conformidad con .....