ADMITE la demanda de cobro de créditos fiscales intentada por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (por órgano de la Aduana Principal de Maracaibo), contra la contribuyente Inside Venezuela, C.A., anteriormente identificada, y en contra de los ciudadanos Nicolino de Pinto Chimienti y Armando José Lossada Urribarri, titulares de las cédulas de identidades Nros. 7.769.164 y 7.891.221, respectivamente, en sus caracteres de Directores Principales, socios y propietarios del 100% de las acciones de la sociedad demandada; le da el curso de ley; y en consecuencia se ordena la INTIMACIÓN.
Este Tribunal, de conformidad con las normas anteriormente citadas, decreta MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la demandada Inside Venezuela, C.A.