Se hace CESAR la aprehensión policial de los prenombrados adolescentes, y la entrega a sus representantes legales. TERCERO: Por cuanto del análisis de las actas procesales, específicamente del acta policial agregada al folio 2 de esta causa infiere que los adolescentes fueron aprehendidos policialmente casi inmediatamente después del hecho, y según esta acta policial se infiere que a los adolescentes NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ART 545 LOPNNA MONTIEL y ROBET GONZÁLEZ no se les decomisó ningún objeto perteneciente a la víctima, por lo que este Juzgado muy respetuosamente se aparta de la solicitud Fiscal y ddecreta a favor de los adolescente NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ART 545 LOPNNA MONTIEL y ROBET GONZÁLEZ la medida cautelar menos gravosa, prevista en los literales "b", "c" y "f" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, la del literal "b" referida a a obligación que tienen los adolescente de someterse al cu.....