Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la sociedad mercantil NORTE BIENES RAÍCES C.A. en contra de la ciudadana JACQUELINE FERREIRA GARCÍA, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia, se condena a la parte demandada:
PRIMERO: A la resolución del contrato de arrendamiento autenticado ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo del Estado Zulia, bajo el N° 83, tomo 66, celebrado por las partes sobre un inmueble, constituido por un local comercial identificado con las siglas PP3, ubicado en la planta primera del edificio La Guacara, situado en la avenida 8 (Santa Rita), esquina calle 68, .....