Con base en los razonamientos expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal de Control Nº 01 de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida contra el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de Lesiones Intencionales Leves en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el articulo 416 en relación con el articulo 424 ambos del Código Penal Vigente, todo de conformidad con lo establecido en él articulo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal y 561 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo se ordena oficiar al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a los fines de que se le borre la reseña policial que pese sobre el mismo en razón del presente asunto. Regístrese,.....