Se deja constancia que el Tribunal ordenó PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el órgano jurisdiccional que remite la causa a este Juzgado; Propendiendo a advertir al joven adulto de actas, sobre la sanción de AMONESTACIÓN, la cual consistió en advertir y concientizar al mismo, acerca del valor del respeto por el derecho ajeno; la importancia de asumir la responsabilidad por los actos realizados y sus consecuencias y a ilustrarlo en cuanto a lo negativo que resultó el portar armas de fuego y al compromiso que debe asumir en no tomar esa actitud que tanto lo perjudicó nuevamente. TERCERO: Se ordena el CIERRE DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, y EL ARCHIVO JUDICIAL DE LA MISMA, de conformidad con lo previsto en el literal "h" del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia, pásese en Autoridad de Cosa Juzgada la presente resolución. Se deja constancia que todas las partes intervinieron en el acto oral, manifestando su conf.....