PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia, interpuesto por el Abogado BARTOLO J. RONDON PÉREZ, Defensor Público Provisorio Octavo (08°) para el sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, adscrito a la Unidad de la defensa Pública del estado Zulia, con el carácter de defensor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); en contra de la Sentencia Nro. 002-2025, dictada en fecha 20 de diciembre de 2024, en presencia de las partes y publicado el texto in extenso el 15 de enero de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 444 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 608-A de la Ley Especial Adolescencia.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de Contestación interpuesto por la ABG. DIGLENYS YUDITH MARRUFO CHACIN.....