DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la pretensión por DISOLUCION DE SINDICATO incoada por los accionantes MERIBEL CAROL GUTIERREZ DE ALVARADO, LEYDI BEATRIZ FERNANDEZ PARRA, YBETH DEL VALLE GOMEZ MORILLO, ANA LUCÍA NAVA TUDARES y JHOAN MANUEL NIVAR AFANADOR, en contra del SINDICATO DE EMPRESA DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA POLÍCLINICA AMADO. No hay condenatoria en costa por la naturaleza del fallo.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos.....