Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SU JURISDICCIÓN PARA CONOCER, SUSTANCIAR Y DECIDIR la pretensión de COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano FRANCISCO SEGUNDO HURTADO PIÑA en contra de la sociedad mercantil BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, SA, ambas partes plenamente identificadas en el proceso.
Que la anterior decisión no tiene consulta conforme al alcance previsto en el artículo 62 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, podrán hacer uso de los mecanismos legales de impugnación que prevé el artículo 67 del Código Adjetivo Procesal vigente.