• APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de Régimen de Convivencia Familiar, celebrado por los ciudadanos EDGAR JOSE BOSCAN SUBERO y FABIOLA PATRICIA AVILA, titulares de las cedulas de identidad N° V- 19.748.765 y V- 18.516.458, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
• PRIMERO: El progenitor compartirá con su hija los fines de semana, retirándola del hogar materno los días viernes a las nueve de la mañana (9:00am) retornándola al hogar materno, los días domingos a las seis de la tarde (6:00pm) de manera alternada. Asimismo, entre semana el progenitor buscara a la niña los días miércoles del hogar materno, los dias jueves a las seis de la tarde (6:00pm).
• SEGUNDO: Las vacaciones de Carnaval, la niña lo compartirá con su progenitora y las Semana Santa, la niña lo compartirá con su progenitor, esto será de manera alternada.
• TERCERO: En las v.....