DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido en forma Mixta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN FORMA UNANIME, CULPABLE al acusado: CARLOS ENRIQUE BRITO BRITO, quien dijo ser Venezolano, Natural Maracaibo, del Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 17.097.809 Residenciado en el Barrio 24 de Septiembre, calle 49, con avenida 76, casa 76-16, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6, ordinales 1°, 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del ciudadano JOAQUIN AFAEL ECHEVERRÍA ACOSTA, siendo en consecuencia la presente sentencia Condenatoria, por lo que deberá cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS D.....