SIN LUGAR, la apelación interpuesta por los ciudadanos TITO RIGOBERTO ORDOÑEZ y HEBERTO LEAL VILLASMIL, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha diez (10) de Octubre de dos mil ocho (2008); en consecuencia:
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada con base a los criterios expresados.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.