Por las razones y fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA al acusado FREDERITH BARRERA URDANETA, Nacionalidad: Venezolana, Natural de Maracaibo, de 20 años de edad, fecha de nacimiento: 10/11/1987, estado civil: Soltero, profesión u oficio: vendedor de verduras, hijo de Martha Urbaneja y Julio Barbera, residenciado: Sector Haticos por debajo, La Ranchería, calle 112, casa No. 112-A-161 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de ONCE(11) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por encontrarlo CULPABLE en el delito de de ROBO AGRAVADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos Art. 458 y el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de LIONAR DAVID OJEDA y EL ESTADO VENEZOLANO, y a JIMMY JOSE .....