Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la presente causa seguida en contra del ciudadano EDGAR ROUVIER BOSCÀN, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.370.675, fecha de nacimiento 13-03-63, hijo de Ángel Rouvier Boscán y Bertha de Rouvier Boscán, domiciliado en el Cuatricentenario Segunda Etapa, calle 50, casa N°14 detrás del Abasto La Morenita Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por el delito VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia en contra de la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana CAROLINA JOSEFINA UZCATEGUI, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 34 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en c.....