DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hechos y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano JUAN CARLOS NUÑEZ NUÑEZ, Venezolano natural de Valencia, Estado Carabobo, de 24 años de edad, nacido en 28-11-80, portador de la Cédula de Identidad V-16.502.581, Soltero, de profesión comerciante, hijo de Joao Baptista y de Ana Maria Nuñez, residenciado en la Urbanización La Esperanza, avenida principal, Manzana II, casa N° 3, frente al Kinder José Gil Fortul, Valencia, Estado Carabobo, a cumplir la pena de UN AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley establecidas en los Artículos 16 y 34 del Código Penal, por la comisión del delito de Autor del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el articulo 104, Literales A, B y C de la Ley Orgánica de Aduanas, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO......