Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 632 y siguientes del Código Civil; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CONSTITUCIÓN DE HOGAR, realizada por los ciudadanos CARLOS EDUARDO CLAVIER DOMINGUEZ y ROSANA DEL VALLE GONZALEZ VALDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.291.576 y V-14.703.498 respectivamente.
SEGUNDO: Se instituye en favor de los solicitantes, CONSTITUIDO EN HOGAR el inmueble conformado por una parcela y una vivienda sobre ella construida, distinguida con el Nro. 314, ubicada en la calle Coche, segunda etapa, San Miguel urbanización campestre con una superficie de QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (.....