declara:
CON LUGAR la demanda de Fijación de la Obligación de Manutención intentada por el ciudadano Eudo Mario Boscán Barrios, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-16.728.884, en contra de la ciudadana Magnolia Esther Soler Gómez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-18.832.828, en relación con el niño (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA). En consecuencia:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para el niño de autos la cantidad equivalente la cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) del sueldo o salario integral que devenga el ciudadano Eudo Mario Boscán Barrios en la empresa Molinos Nacionales C.A. (MONACA), una vez hechas las deducciones de ley.
2. FIJA para el mes de agosto, adicional a la cuota de manutención ordinaria, la cantidad equivalente al treinta y tres por ciento (30%) de las vacaciones y bono vacacional percibido por el ciudadano Magnolia Esther Soler Gómez, más el ciento.....