Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal, del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO: Revoca la medida cautelar sustitutiva a los acusados GERMAN JOSÉ CARREÑO VILORIA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-9.729.553, nacido en fecha 21-08-1964, profesion u oficio operador de Sonido, hijo de José Carreño (d) y Santida Vitoria, residenciado en el Sector Valle Frio, calle 81A, 3E-43, Bodega el catire a media cuadra Municipio Maracaibo del Estado Zulia; teléfono 0414-6204374 y ADELIZ DANIEL GONZÁLEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-11.769.058, nacido en fecha 21-08-1970, profesion yu oficio Taxista, hijo de Miguel González y Edicta Media, residenciado en la Av. 2C, con calle 83, a lado de la agencia de festejos Aeropuerto Municipio Maracaibo del Estado Zu.....