DECISIÓN.-
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, celebrado en el juicio de Nulidad de Contrato, seguido por los ciudadanos LUIS ALEJANDRO PEREZ PARIS y RITA SARA FARIA, en contra del ciudadano JOSE LUIS PADILLA PARRA, todos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, le imparte su aprobación, lo homologa, dándole el carácter de cosa juzgada, se ordena expedir la copia certificada mecanografiada solicitada, se declara terminado el juicio y se acuerda el archivo del expediente.
Se hace constar que el Abogado en ejercicio LUIS ALE.....