DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos éste TRIBUNAL UNICO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de la Defensa Privada, en la audiencia realizada en fecha 30-06-2011, en beneficio del ciudadano DARWIN JOSE MALAGON COLINA, venezolano titular de la cédula de identidad Nº V- 17.086.909, estado civil casado, de profesión obrero, fecha de nacimiento 07-10-1984, hijo de ELIDA COLINA y PABLO MALAGON, residenciado en los Robles, Barrio Villa Roble, bajando por baterías Duncan, detrás del taller. Maracaibo Zulia, REVOCANDO así la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesaba sobre el acusado de autos, SEGUNDO: SE DECRETA en sustitución de la Medida Privativa de Libertad que pesaba sobre el acusado de actas, ciudadano DARWIN JOSE MALAGON.....