Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo aducida por la ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS EPS, SOFACOL RS, referida a la falta de cualidad e interés de la ciudadana KAROLINA CHIRINOS CHIRINOS para intentar y sostener la presente acción de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana KAROLINA CHIRINOS CHIRINOS en contra de la ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS EPS, SOFACOL RS, en base al cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. TERCERO: Se ordena a la ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS EPS, SOFACOL RS, cancelar a la ciudadana KAROLINA CHIRINOS CHIRINOS las cantidades detalladas expresamente en la parte motiva de la prese.....