En mérito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: Con lugar la Desestimación de la Denuncia interpuesta por el ciudadano JOHAN MEDARDO ALVARADO SANCHEZ, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO GIL, y la cual fue presentada por el ciudadano Fiscal Auxiliar Décimo Sexto del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en consecuencia, se acuerda devolver las actuaciones a la ya mencionada Fiscalía para su Archivo, todo de conformidad con los Artículos 301 y 302 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese la presente decisión. Déjese copia en los archivos llevados por el Juzgado. Cúmplase.-
La Juez de Control,
Abg. Glenda Morán Rangel.-
La .....