Con base a las anteriores circunstancias quien decide estima que la solicitud de homologación de la transacción celebrada en fecha 15-12-04 debe ser acordada y en consecuencia téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente.
Por último, se ordena suspender la presente causa a partir del 15 de Diciembre de 2004, hasta el día 10 de Febrero de 2005 exclusive.