Ahora bien en atención a lo antes señalado este Juzgado Declara culpable de los daños causados al vehículo de la Demandante, al Ciudadano Demandado en la presente causa RENE GOMEZ ROJAS, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad personal N° 9.427.925, y lo condena a pagar el monto de BOLIVARES TRES MILLONES QUINIENTOS MIL (Bs.3.500.000,00) monto de lo Demandado y los Costos y Costas del presente Juicio de conformidad con el Articulo 877, del Código de Procedimiento Civil este Juzgado extenderá por escrito dentro del plazo de Diez días el Fallo completo el cual será agregado a los Autos.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,
Dr. Vicente Ordaz Villarroel.-
Apoderado Judicial de la Parte Demandante.-
Dr. Cruz R. Suniaga F.-
El secretario,
Br. Alfredo José Rodríguez F.-