Por ello, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus ciudadano, JOSE ANTONIO GONZALEZ CASTRO, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.742.520 domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestato el día diecisiete (17) de noviembre de 2.012, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 51, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Ambrosio del municipio Cabimas del estado Zulia, a los ciudadanos MARIA INMACULADA GONZALEZ LUGO, MARIA ANTONIETA GONZALEZ LUGO y JOSE GREGORIO GONZALEZ LUGO, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.