Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, DECLARA SIN LUGAR la apelación ejercida por la Abogada ANGELICA MARIA SANCHEZ ALCOVA, con el carácter de autos. Como consecuencia de la referida decisión queda CONFIRMADA la sentencia de fecha 09 de Mayo de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Como consecuencia se ordena a la empresa demandada CNPC SERVICES VENEZUELA, LTD, S.A. al pago de las siguientes sumas:
1.-CIENTO VEINTIDOS MILLONES CIENTO ONCE MIL NOVENTA BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 122.111.090. 78) que es el monto de las facturas accionadas.
2.- VEINTIUN MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTITRES BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 21.457.023,86).
3.- TREINTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON S.....