Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha 09/12/2016, presentada en jornada Tribunal Móvil por los ciudadanos YANERI CAROLINA REYES FERRER Y ANGEL VITELIO AVILA CARDENAS, titulares de la cedula de identidad No. V- 20.778.156 y V- 21.421.762 respectivamente, domiciliados en el Municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia, asistidos por la defensora publica MARIAGRACIA PEÑA, inscrita en el inpreabogado No. 184.944, en razón de esto, se disuelve en divorcio el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha veintitrés de diciembre del 2004 por ante .....