DISPOSITIVO
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la presente demanda intentada por la ciudadana YILMARIS JOSEFINA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.428.202, de este domicilio, en contra los ciudadanos FRAK JOSE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.795.226, y ODEIDA DEL JESUS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.718.961, ambos domiciliados en la Calle Heitor Vila Lobos, casa N° 1129, Barrio Brasilia, Cascavel, Brasil.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, y sellada en la S.....