Por los fundamentos y las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA: Despacho saneador y requiere de la solicitante 1) Consigne documento poder autenticado, apostillado y traducido al idioma español por intérprete público debidamente acreditado en la República Bolivariana de Venezuela. 2) Copia certificada legible de acta de matrimonio. 3) Copia certificada de sentencia de divorcio con su respectiva ejecutoría, apostillada y traducida al español por intérprete público debidamente acreditado, que incluya los acuerdos en materia de instituciones familiares en beneficio del hijo común. 4) Certificado de Nacimiento apostillado y traducido por intérprete público debidamente acreditado. 5) EXHORTA a la solicitante a consignar dentro de los veinte (.....