Este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Su COMPETENCIA para conocer en Primera Instancia de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar, por el ciudadano Julio Villalobos Reyes, actuando en su condición de Presidente de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, asistido por el Abogado Alexy Palmar Castillo, identificados supra, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº CU.03770-2016, de fecha 7 de noviembre de 2016, emanado del CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, mediante el cual se declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº CU.02912-2016, de fecha 15 de julio de 2016. 2.- ADMITE PROVISIONALMENTE la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar. 3.- IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar .....