Se inició la presente causa en fecha catorce (14) de Junio de 2012, mediante presentación de demanda por Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano EDGAR OCHOA, asistido por el abogado en ejercicio Gervis Medina contra la CENTRO RECREATIVO EL ESTABLO DE GARCIA, C.A. Todos suficientemente identificados en autos. En fecha diecinueve (19) de Junio de 2012, dicha demanda fue recibida por este Tribunal Octavo y el día veinte y uno (21) de Junio del mismo año 2012, se dictó auto por medio del cual se ordenó al ciudadano demandante subsanar el libelo de la demanda en los siguientes términos: Cuales días feriados y cuales domingos reclama, así mismo debe especificar en letras y números la cantidad total por este concepto, dentro de los dos (2) días de hábiles siguientes a su notificación. En esa misma fecha se libró la correspondiente boleta de notificación es decir 21/06/12.
Ahora bien, revisadas las actas procesales, se observa que el demandante quedó válidamente notificado del ma.....