Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declarar:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud incoada por la ciudadana ARCELIA JOSEFINA SUAREZ DE SUAREZ; titular de la cédula de identidad número 9.426.469, asistida de la Defensora Pública Cuarta de Protección, Doctora Juana Reyes.
SEGUNDO: Se nombra TUTORA de los hermanos (Identidad omitida conforme a lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) a la ciudadana ARCELIA JOSEFINA SUAREZ DE SUAREZ; quien es su tia paterna, en razón de lo cual tiene la referida las facultades contempladas en los artículos 358, 359, 391, 392 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referidas a la Responsabilidad de Crianza, Ejercicio de la Custodia, viajes dentro y fuera del país respecto de los .....