DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por todos lo fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente declara EXTINGUIDO el juicio que por DIVORCIO siguió ante este despacho la ciudadana ISABEL TERESA BARRIOS DE HERNÁNDEZ, contra el ciudadano WALDIMIRO ENRIQUE HERNÁNDEZ, identificados ut supra, el cual fue admitido cuanto ha lugar en derecho en fecha 21 de octubre de 2013, y mantiene en todo su vigor el matrimonio celebrado por dichos ciudadanos el día 08 de noviembre de 1.980, por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Cacique Mara del Estado Zulia, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.1219, que en copia certificada acompaña a las actas. ASÍ SE DECIDE.