Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, se declara incompetente por la materia para el conocimiento de la presente solicitud, ordenándose remitir el expediente original al Órgano de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.