Por las razonamientos anteriormente expuestos este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUIDCIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la presente solicitud remitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
En derivación, vista la incompetencia declarada, plantea este Juzgado en consecuencia el conflicto negativo de competencia, a los fines de garantizarle a las partes el debido proceso, así, en aras de una transparente e idónea administración de justicia, ordena la remisión de copia certificada de la presente solicitud a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos ubicada en la Sede Judicial Torre Mara, a fin de ser enviada al Juzgado S.....