III.-DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos ANTHONY CASUCCI MARQUEZ y MICHELLE CAROLINA ALCALA ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.508.447 y V-22.134.445 respectivamente, el día 09 de Noviembre del 2012, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 30, emanada de la Division de Registro Civil, Tía Juana del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia,
2) Así mismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia cert.....