Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES incoada por la sociedad mercantil "TRANSPORTE SANTA MARÍA, C.A., (TRANSAMAR, C.A.)", debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 20 de diciembre de 1984, anotado bajo el No.132, Tomo No.2-A y Acta de Asamblea general Extraordinaria de fecha 24 de enero de 1994, anotada bajo el No.12, Tomo 3-A 1er trimestre., contra la sociedad mercantil "ELECTRICIDAD E INSTRUMENTACIÓN C.A.", (ELINCA), Rif No. J-07000656´0, con domicilio fiscal en la calle 80, con avenida 16, edificio Las Morochas, Planta Baja, constituida mediante documento inserto en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del .....