Este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSE LUIS ESTEVES DOCAOS contra la Sociedad Mercantil LINEA AÉREA DE SERVICIO EJECUTIVO REGIONAL, C.A. (LASER), ambas partes plenamente identificadas en autos.- SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil LINEA AÉREA DE SERVICIO EJECUTIVO REGIONAL, C.A. (LASER) al pago de los montos y conceptos establecidos en la motiva de la presente decisión, para un total a pagar de CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 128.858,33). TERCERO: Se ordena la cancelación de los intereses moratorios e indexación, que se calcularan mediante experticia complementaria del fallo, para tal fin, se ordena al Tribunal de Ejecución, según lo dispuesto en el.....