II
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el Recurso de Apelación de Autos presentado por el Abogado LUIGI GUZMÁN RAGONE, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 130.916, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano YONELVIS ANTONIO FINOL FINOL, quien señala impugnar la decisión No. 1J-245-11, de fecha 31/08/2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas; mediante la cual se acordó el cambio del sitio de reclusión al ciudadano antes mencionado, a los fines cumplir con la medida de privación judicial preventiva de libertad, del Reten Policial de la Costa Oriental del Lago a la Cárcel Nacional de Maracaibo, todo de conformidad con lo dispuesto en.....