Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el Artículo 185-"A", del Código Civil, presentada por los ciudadanos GUILLERMO ENRIQUE HERNANDEZ PULGAR Y LUISA ELENA GIL DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-5.885.925 y V-4.886.612, respectivamente.