Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, ELEANA DEL CARMEN SANCHEZ BARROSO, venezolana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-21.227.067, domiciliada en la población de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y VICTOR ALI OLIVARES BOSCAN, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N°: V-17.581.619, domiciliado en el sector conocido como la Borrachera de la población de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, en favor y unció interés de sus hijos: XXXXXX y XXXXXXXXX OLIVARES SANCHEZ, de (02) años y (02) mes.....