declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARÍA MAGDALENA MAURERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.828.190, sobre unas bienhechurías consistentes en una casa de dos plantas y un local comercial construidos en un lote de terreno de su propiedad, el cual mide doce metros (12mts) de frente por treinta y tres metros (33mts) de fondo, ubicado en el Sector Genovés de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos indígenas; SUR: Terreno de Manuel Antonio Suárez; ESTE: Su frente, calle Narváez; y OESTE: Su fondo, terrenos indígenas.