Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de desistimiento, en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO, seguido por la ciudadana YALILI RAMIREZ DURAN, contra los ciudadanos HECTOR CHACIN FERNANDEZ, MAGALLY CHACIN FERNANDEZ y ELIZABETH CHACIN QUINTERO, todos identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiéndole su aprobación, dándole el carácter de cosa juzgada.
B) No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE. NOTIFIQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por
Secretaría de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil y el Artículo 72, Ordinales 3ro., y 9no.....