Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE DEL PENADO DIMAS DE JESUS PORTILLO GARCIA, venezolano, natural del Mojan Estado Zulia, de 25 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.280.274, hijo de Dimas Portillo y Nelly García, residenciado en el Sector Ciruelo Alto Casa s/n el Mojan Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 479, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Único Aparte del Artículo 103 del Código Penal. Regístrese la presente decisión en el libro de Decisiones, llevado por este Tribunal en el presente año.- Notifíquese a las partes.-