Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCÁNTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, que sigue la sociedad mercantil "INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 2020, C.A", inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 27 de octubre de 2009, bajo el N° 10, tomo 10-A, inscrita ante el Registro de información Fiscal (R.I.F) bajo el No. J-29847088-7, contra la ciudadana YANILESIS GALUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-29.836.960; declara:
ÚNICO: SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un bien inmueble constituido por un apartamento, que posee una superficie de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (72,00 Mts2) signado con el número 1-D, ubicado en el primer piso del edificio Escala.....